Devarim 24

(1) Cuando un hombre tomare mujer y se casare con ella, si ella no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa; (2) y ella saldrá de su casa y se irá y se casará con otro hombre, (3) y este último la aborrecerá, y le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa; o si muriere este último que la tomó por mujer, (4) su primer marido que la despidió no podrá volver a tomarla para que sea su mujer, después que se haya contaminado; porque esto es abominación delante de YIHWEH; y no harás pecar la tierra que YIHWEH tu Dios te da por heredad. (5) Cuando alguno tomare mujer nueva, no saldrá al campo, ni se le ocupará de ningún negocio; libre estará en su casa por un año, y alegrará a la mujer que tomó. (6) Nadie tomará en prenda el molino ni la muela de arriba, porque sería tomar en prenda la vida de un hombre. (7) Si fuere hallado alguno que hubiere hurtado a alguno de sus hermanos los hijos de Israel, y lo tratare como a esclavo y lo vendiere, el tal ladrón morirá; así quitarás el mal de en medio de ti. (8) En cuanto a la plaga de lepra, cuidad de vigilar, y haced conforme a todo lo que los sacerdotes levitas os enseñen, como yo les mandé; así cuidaréis de hacer. (9) Acuérdate de lo que hizo YIHWEH tu Dios a María en el camino, cuando salisteis de Egipto. (10) Cuando prestes a tu prójimo alguna cosa, no entrarás en su casa para tomarle la prenda. (11) Te quedarás fuera, y el hombre a quien prestares te sacará la prenda fuera. (12) Pero si es pobre, no te acostarás con su prenda; (13) Sin falta le devolverás la prenda a la puesta del sol, para que duerma en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante de YIHWEH tu Dios. (14) No oprimirás al jornalero pobre y menesteroso, ya sea de tus hermanos, o de los extranjeros que habitan en tu tierra dentro de tus ciudades. (15) En el mismo día le pagarás su jornal, antes que se ponga el sol; (16) No morirán los padres por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su propio pecado. (17) No pervertirás el derecho del extranjero ni del huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda. (18) Pero acuérdate que fuiste siervo en Egipto, y que de allá te rescató YIHWEH tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto. (19) Cuando siegues tu mies en tu campo, y olvides alguna gavilla en el campo, no volverás a recogerla; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda, para que te bendiga YIHWEH tu Dios en toda obra de tus manos. (20) Cuando sacudas tu olivo, no rebuscarás sus ramas; para el extranjero, para el huérfano y para la viuda será. (21) Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras de ti; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda. (22) Y acuérdate que fuiste siervo en la tierra de Egipto; por eso yo te mando que hagas esto.

Devarim 24
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